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Estatutos

Sección I. Nombre y Objetivos

1.  El nombre de esta organización es Sociedad Mexicana de Pesquerías, de aquí en adelante referidos la Sociedad respectivamente.

2.  Los objetivos de la Sociedad son facilitar la comunicación entre sus miembros en relación al desarrollo de la profesión de pesquerías en México y promover la conservación de las pesquerías mexicanas, además de:

a) Promover la conservación, desarrollo y uso inteligente de las pesquerías;

b) Promover y evaluar el desarrollo y avance de todas las ramas de las ciencias pesqueras y su aplicación;

c) Compilar y diseminar a los miembros de la Sociedad y al público en general información técnica y de otro tipo acerca de las ciencias pesqueras y su aplicación a través de publicaciones, reuniones y otros tipos de formas de comunicación.

d) Fortalecer la enseñanza de las ciencias pesqueras y su aplicación en escuelas y universidades, así como el continuo desarrollo profesional de los trabajadores en pesquerías.

 

Sección II. Socios

1.  Los socios de la Sociedad serán miembros activos que paguen las cuotas (determinadas por el Comité Ejecutivo).

 

Sección III. Reuniones

1.  La Sociedad sostendrá una reunión general al menos cada dos años en lugares y fechas determinadas por el Comité Ejecutivo. El programa de la reunión es responsabilidad del Comité de Programa. Las reuniones especiales deben ser convocadas por el Presidente del Capítulo con la aprobación del Comité Ejecutivo.

 

Sección IV. Funcionarios

1.  El Comité Ejecutivo estará conformado por: Presidente, Presidente-Electo, Expresidente y Secretario-Tesorero. La elección de estos miembros será por voto por correo y por voto directo en la reunión general de la Sociedad. El Comité Ejecutivo determinará los procedimientos de la votación. En el caso de una posición vacante, el Comité Ejecutivo deberá seleccionar un miembro de la Sociedad como reemplazo por voto mayoritario. Los ejecutivos deberán ser miembros activos de la Sociedad.

2.  Los miembros del Comité Ejecutivo durarán dos años en sus cargos y no podrán ser elegidos para el mismo cargo por un año después que terminó su periodo.

 

Sección V. Deberes de los Funcionarios

1.  El Presidente de la Sociedad presidirá todas las reuniones del Comité y de la Sociedad, representará a la Sociedad y dirigirá los comités de trabajo.

2.  El Presidente-Electo dirigirá el Comité de Programa y asumirá las funciones del Presidente en su ausencia. El Presidente-Electo será el Presidente al término del periodo correspondiente.

3.  El Expresidente inmediato, esto es, el Presidente saliente, dirigirá el Comité de Nominaciones y asistirá a los miembros del Comité Ejecutivo.

4.  El Secretario-Tesorero llevará el archivo oficial de la Sociedad, colectará y resguardará los fondos económicos de la Sociedad. Al final de su periodo asumirá el cargo de Presidente Electo y dirigirá las elecciones. El Secretario-Tesorero deberá utilizar los fondos según la autorización del Comité Ejecutivo y en la reunión general de la Sociedad presentará el informe de actividades que incluya la comparación de presupuesto aprobado versus ejercido y gastos para el periodo actual.

 

Sección VI. Comité Ejecutivo

1.  El Comité Ejecutivo de la Sociedad consistirá de los funcionarios. El Comité está autorizado para trabajar para la Sociedad entre reuniones y para desarrollar apropiadamente sus funciones y deberes.

2.  El Comité Ejecutivo de la Sociedad deberá informar las actividades, reuniones, cambios en liderazgo y otros asuntos de la Sociedad.

3.  Para la toma de decisiones de asuntos oficiales se requiere el quórum tres de los miembros del Comité Ejecutivo. Los funcionarios pueden designar un sustituto. Cada miembro tiene un voto y en caso de empate el voto del Presidente será el decisivo.

 

Sección VII. Comités del Capítulo

1.  El Presidente de la Sociedad está autorizado para crear, con miembros activos de la Sociedad, comités temporales o regulares necesarios para cumplir los objetivos del Capítulo.

2.  Excepto por los Comités Regulares, la duración de los miembros de los Comités de la Sociedad terminará cuando cumplan las tareas para los que se formaron, o en la siguiente reunión de la Sociedad, lo que suceda primero.

3.  Los Comités Regulares, como se nombran en estos Estatutos, son por naturaleza de largo plazo. Su motivo es de continua importancia para la Sociedad, sus reuniones y la representación del Comité Ejecutivo. Los Comités Regulares deben crearse por acuerdo del Comité Ejecutivo.

4.  Los Coordinadores de los Comités Regulares serán dirigidos por el Presidente de la Sociedad. Los miembros de cada comité serán dirigidos por su respectivo coordinador. Las funciones de los siguientes Comités Regulares son:

a) Comité de Premios: debe nominar candidatos para reconocimientos especiales por e la Sociedad. Los premios promocionan y reconocen la excelencia, alientan el desarrollo decontribuciones a la conservación de pesquerías, ciencia y educación, y promueven la imagen profesional de la Sociedad. Los premios deben ser otorgados previa autorización del Comité Ejecutivo.

b) Comité de Estatutos y Nominaciones: debe proponer al Comité Ejecutivo una lista de candidatos para cargos específicos de la Sociedad. Para cada cargo por lo menos deben aparecer dos nombres de miembros activos. La nominación y una breve ficha bibliográfica de cada nominado debe circularse entre los miembros de la Sociedad al menos 30 días antes de su reunión general. Las nominaciones adicionales deberán agregarse a la lista de candidatos del Comité de Estatutos y Nominaciones después de la aprobación firmada de cinco miembros de la Sociedad, y con la previa autorización del nominado. Estas nominaciones adicionales debe ser presentadas al Comité de Estatutos y Nominaciones al menos 60 días antes de la reunión general de la Sociedad. El Comité de Estatutos y Nominaciones debe revisar periódicamente los Estatutos de la Sociedad y presentar sus propuestas al Comité Ejecutivo al menos 60 días antes de la reunión general de la Sociedad.

c) Comité de Comunicaciones: debe proveer información sobre las actividades de la Sociedad. También al público y a los medios, estableciendo posiciones y opiniones de la Sociedad. Este comité deberá proponer al Comité Ejecutivo el formato de la página web  y del boletín de la Sociedad. También propondrá a los responsables del mantenimiento de estos medios de comunicación.

d) Comité de Finanzas: debe asesorar al Comité Ejecutivo en asuntos de política fiscal. Debe revisar las oportunidades para conseguir fondos y someterlas a la consideración del Comité Ejecutivo para su aprobación.

e) Comité de Políticas y Resoluciones: debe elaborar y presentar al Comité Ejecutivo los borradores de propuestas de resoluciones, políticas y declaraciones relacionadas con el cumplimiento de los objetivos de la Sociedad.

f) Comité del Programa: se encarga del programa de la reunión general de la Sociedad, incluyendo las presentaciones técnicas del simposio. El Coordinador del Comité de Programa será el ganador de la elección más reciente para Presidente y mantendrá la coordinación cuando asuma las responsabilidades de Presidente Electo. El coordinador del Comité del Programa deberá nominar al Coordinador del Comité de Arreglos Locales para la organización de la reunión.

 

Sección VIII. Votación y Quórum

1.  Las decisiones en las reuniones serán por mayoría simple de los miembros activos que votan, excepto en casos especiales como la modificación de los Estatutos y suspensión de Reglas, en que se requiere la mayoría de 2/3 de los votantes.

2.  Se requiere un quórum de 20 miembros para cualquier reunión general de la Sociedad en que se trate el cambio de directivos del Capítulo.

 

Sección IX. Cuotas de Registro y Anuales

1.  El Comité Ejecutivo debe determinar la cuota que cada miembro debe pagar para cubrir los costos de la reunión general.

2.  La cuota anual para sostener las actividades de la Sociedad deberá ser revisada por el Comité Ejecutivo y cualquier cambio aprobado por mayoría de votos de la membresía general.

3.  Ningún directivo o miembro de cualquier comité de la Sociedad recibirá salario u otra compensación. Los gastos deben cubrirse con los fondos disponibles de la Sociedad previa autorización del Comité Ejecutivo.

 

Sección X. Estatutos y Procedimientos

1.  Los Estatutos constituyen el documento que definen  a la Sociedad y tienen prioridad sobre los Procedimientos de la Sociedad. Los Estatutos no pueden suspenderse o cambiarse sin previa notificación a los miembros.

a) Los Estatutos de la Sociedad pueden ser modificados por una mayoría de 2/3 de votos de miembros activos, siempre que la propuesta escrita de modificación(es) circule entre los socios al menos 30 días antes de la votación.

b) Las modificaciones a los Estatutos deben ser aprobadas por la Sociedad antes de su instrumentación.

2.  Los Procedimientos tratan sobre las operaciones de la Sociedad y se establecen para dar continuidad al trabajo de la Sociedad. Los Procedimientos pueden ser suspendidos o modificados por una simple mayoría de votos del Comité Ejecutivo.

 

PROCEDIMIENTOS DE LA ASOCIACIÓN MEXICANA DE PESQUERÍAS

 

Funciones Específicas de los Funcionarios

Además de las tareas mencionadas en los Estatutos de la Sociedad, se determinan las siguientes:

 

1.- Presidente

a)  Supervisa todos los aspectos de la operación de la Sociedad , especialmente la planeación de la reunión general por el Presidente electo y el Comité de Programa.

b)  Preside la reunión general de la Sociedad.

i .Presenta a las autoridades visitantes

ii. Instala al nuevo Presidente en un ceremonia especial

iii. Entrega una placa de reconocimiento al Presidente saliente

c)  Coordina el Comité Ejecutivo, promueve sus juntas y busca su asesoría cuando lo requiere.

d) Informa al Presidente Electo sobre las actividades de la Sociedad para que pueda ejercer competentemente las actividades de Presidente.

f) Se comunica regularmente con los coordinadores de comités y se asegura de que cumplan sus responsabilidades. Solicita informes parciales que pueden ser utilizados por los editores de la página web y del boletín de la Sociedad.

g) Prepara el informe de actividades de la Sociedad para presentación en la reunión general.

 

2.- Presidente Electo

a)  Asume las funciones del Presidente en caso de que este no pueda terminar su periodo.

b)  Trabaja con el Presidente para lograr que las actividades de la Sociedad se desarrollen con continuidad.

c)  Sirve como Coordinador del Comité de Programa para planificar la reunión general de la Sociedad.

d)  Selecciona con un año de antelación las fechas y lugar de la reunión general de la Sociedad.

e)  Elabora y distribuye con tiempo el material promocional de la reunión.

f)  Envía, con tres meses de antelación invitaciones para la reunión general de la Sociedad.

 

3.- Secretario-Tesorero

a)  Prepara y distribuye las actas de todas las reuniones de la Sociedad y del Comité Ejecutivo.

b)  Mantiene la lista de miembros del Capítulo.

c)  Confirma la existencia de quórum cuando es necesario y los conteos en las votaciones.

d)  Mantiene el archivo de la Sociedad y lo entrega al Secretario-Tesorero entrante.

e)  Recibe, guarda y utiliza fondos necesarios para las funciones de la Sociedad según lo apruebe el Comité Ejecutivo.

f)  Mantiene el registro financiero y es responsable de la cuenta bancaria de la Sociedad.

g)  Presenta informes financieros en la reunión general de la Sociedad y cuando lo requiera el Comité Ejecutivo.

 

 

4.- Ex Presidente inmediato

a)  Actúa como asesor de Comité Ejecutivo y de los otos comités

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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