Sección I. Nombre y
Objetivos
1.
El nombre de esta organización es Sociedad Mexicana de
Pesquerías, de aquí en adelante referidos la Sociedad
respectivamente.
2.
Los objetivos de la Sociedad son
facilitar la comunicación
entre sus miembros en relación al desarrollo de la profesión de
pesquerías en México y promover la conservación de las pesquerías
mexicanas, además de:
a) Promover la conservación, desarrollo y uso
inteligente de las pesquerías;
b) Promover y evaluar el desarrollo y avance
de todas las ramas de las ciencias pesqueras y su aplicación;
c) Compilar y diseminar a los miembros de la
Sociedad y al público en general información técnica y de otro tipo
acerca de las ciencias pesqueras y su aplicación a través de
publicaciones, reuniones y otros tipos de formas de comunicación.
d) Fortalecer la enseñanza de las ciencias
pesqueras y su aplicación en escuelas y universidades, así como el
continuo desarrollo profesional de los trabajadores en pesquerías.
Sección II.
Socios
1. Los socios de la Sociedad
serán miembros activos que paguen las cuotas (determinadas por el
Comité Ejecutivo).
Sección III.
Reuniones
1.
La Sociedad sostendrá una reunión general al menos cada dos
años en lugares y fechas determinadas por el Comité Ejecutivo. El
programa de la reunión es responsabilidad del Comité de Programa.
Las reuniones especiales deben ser convocadas por el Presidente del
Capítulo con la aprobación del Comité Ejecutivo.
Sección IV.
Funcionarios
1.
El Comité Ejecutivo estará conformado por: Presidente,
Presidente-Electo, Expresidente y Secretario-Tesorero. La elección
de estos miembros será por voto por correo y por voto directo en la
reunión general de la Sociedad. El Comité Ejecutivo determinará los
procedimientos de la votación. En el caso de una posición vacante,
el Comité Ejecutivo deberá seleccionar un miembro de la Sociedad
como reemplazo por voto mayoritario. Los ejecutivos deberán ser
miembros activos de la Sociedad.
2.
Los miembros del Comité Ejecutivo durarán dos años en sus
cargos y no podrán ser elegidos para el mismo cargo por un año
después que terminó su periodo.
Sección V. Deberes de los
Funcionarios
1.
El Presidente de la Sociedad presidirá todas las reuniones
del Comité y de la Sociedad, representará a la Sociedad y dirigirá
los comités de trabajo.
2.
El Presidente-Electo dirigirá el Comité de Programa y asumirá
las funciones del Presidente en su ausencia. El Presidente-Electo
será el Presidente al término del periodo correspondiente.
3.
El Expresidente inmediato, esto es, el Presidente saliente,
dirigirá el Comité de Nominaciones y asistirá a los miembros del
Comité Ejecutivo.
4.
El Secretario-Tesorero llevará el archivo oficial de la
Sociedad, colectará y resguardará los fondos económicos de la
Sociedad. Al final de su periodo asumirá el cargo de Presidente
Electo y dirigirá las elecciones. El Secretario-Tesorero deberá
utilizar los fondos según la autorización del Comité Ejecutivo y en
la reunión general de la Sociedad presentará el informe de
actividades que incluya la comparación de presupuesto aprobado
versus ejercido y gastos para el periodo actual.
Sección VI. Comité
Ejecutivo
1.
El Comité Ejecutivo de la Sociedad consistirá de los
funcionarios. El Comité está autorizado para trabajar para la
Sociedad entre reuniones y para desarrollar apropiadamente sus
funciones y deberes.
2.
El Comité Ejecutivo de la Sociedad deberá informar las
actividades, reuniones, cambios en liderazgo y otros asuntos de la
Sociedad.
3.
Para la toma de decisiones de asuntos oficiales se requiere
el quórum tres de los miembros del Comité Ejecutivo. Los
funcionarios pueden designar un sustituto. Cada miembro tiene un
voto y en caso de empate el voto del Presidente será el decisivo.
Sección VII. Comités del
Capítulo
1.
El Presidente de la Sociedad está autorizado para crear, con
miembros activos de la Sociedad, comités temporales o regulares
necesarios para cumplir los objetivos del Capítulo.
2.
Excepto por los Comités Regulares, la duración de los
miembros de los Comités de la Sociedad terminará cuando cumplan las
tareas para los que se formaron, o en la siguiente reunión de la
Sociedad, lo que suceda primero.
3.
Los Comités Regulares, como se nombran en estos Estatutos,
son por naturaleza de largo plazo. Su motivo es de continua
importancia para la Sociedad, sus reuniones y la representación del
Comité Ejecutivo. Los Comités Regulares deben crearse por acuerdo
del Comité Ejecutivo.
4.
Los Coordinadores de los Comités Regulares serán dirigidos
por el Presidente de la Sociedad. Los miembros de cada comité serán
dirigidos por su respectivo coordinador. Las funciones de los
siguientes Comités Regulares son:
a) Comité de Premios: debe nominar candidatos
para reconocimientos especiales por e la Sociedad. Los premios
promocionan y reconocen la excelencia, alientan el desarrollo
decontribuciones a la conservación de pesquerías, ciencia y
educación, y promueven la imagen profesional de la Sociedad. Los
premios deben ser otorgados previa autorización del Comité
Ejecutivo.
b) Comité de Estatutos y Nominaciones: debe
proponer al Comité Ejecutivo una lista de candidatos para cargos
específicos de la Sociedad. Para cada cargo por lo menos deben
aparecer dos nombres de miembros activos. La nominación y una breve
ficha bibliográfica de cada nominado debe circularse entre los
miembros de la Sociedad al menos 30 días antes de su reunión
general. Las nominaciones adicionales deberán agregarse a la lista
de candidatos del Comité de Estatutos y Nominaciones después de la
aprobación firmada de cinco miembros de la Sociedad, y con la previa
autorización del nominado. Estas nominaciones adicionales debe ser
presentadas al Comité de Estatutos y Nominaciones al menos 60 días
antes de la reunión general de la Sociedad. El Comité de Estatutos y
Nominaciones debe revisar periódicamente los Estatutos de la
Sociedad y presentar sus propuestas al Comité Ejecutivo al menos 60
días antes de la reunión general de la
Sociedad.
c) Comité de Comunicaciones: debe proveer
información sobre las actividades de la Sociedad. También al público
y a los medios, estableciendo posiciones y opiniones de la Sociedad.
Este comité deberá proponer al Comité Ejecutivo el formato de la
página web y del
boletín de la Sociedad. También propondrá a los responsables del
mantenimiento de estos medios de comunicación.
d) Comité de Finanzas: debe asesorar al
Comité Ejecutivo en asuntos de política fiscal. Debe revisar las
oportunidades para conseguir fondos y someterlas a la consideración
del Comité Ejecutivo para su
aprobación.
e) Comité de Políticas y Resoluciones: debe
elaborar y presentar al Comité Ejecutivo los borradores de
propuestas de resoluciones, políticas y declaraciones relacionadas
con el cumplimiento de los objetivos de la
Sociedad.
f) Comité del Programa: se encarga del
programa de la reunión general de la Sociedad, incluyendo las
presentaciones técnicas del simposio. El Coordinador del Comité de
Programa será el ganador de la elección más reciente para Presidente
y mantendrá la coordinación cuando asuma las responsabilidades de
Presidente Electo. El coordinador del Comité del Programa deberá
nominar al Coordinador del Comité de Arreglos Locales para la
organización de la reunión.
Sección VIII. Votación y
Quórum
1.
Las decisiones en las reuniones serán por mayoría simple de
los miembros activos que votan, excepto en casos especiales como la
modificación de los Estatutos y suspensión de Reglas, en que se
requiere la mayoría de 2/3 de los votantes.
2.
Se requiere un quórum de 20 miembros para cualquier reunión
general de la Sociedad en que se trate el cambio de directivos del
Capítulo.
Sección IX. Cuotas de Registro y Anuales
1.
El Comité Ejecutivo debe determinar la cuota que cada miembro
debe pagar para cubrir los costos de la reunión general.
2.
La cuota anual para sostener las actividades de la Sociedad
deberá ser revisada por el Comité Ejecutivo y cualquier cambio
aprobado por mayoría de votos de la membresía general.
3.
Ningún directivo o miembro de cualquier comité de la Sociedad
recibirá salario u otra compensación. Los gastos deben cubrirse con
los fondos disponibles de la Sociedad previa autorización del Comité
Ejecutivo.
Sección X. Estatutos y
Procedimientos
1.
Los Estatutos constituyen el documento que definen a la Sociedad y tienen
prioridad sobre los Procedimientos de la Sociedad. Los Estatutos no
pueden suspenderse o cambiarse sin previa notificación a los
miembros.
a) Los Estatutos de la Sociedad pueden ser
modificados por una mayoría de 2/3 de votos de miembros activos,
siempre que la propuesta escrita de modificación(es) circule entre
los socios al menos 30 días antes de la votación.
b) Las modificaciones a los Estatutos deben
ser aprobadas por la Sociedad antes de su instrumentación.
2. Los Procedimientos tratan
sobre las operaciones de la Sociedad y se establecen para dar
continuidad al trabajo de la Sociedad. Los Procedimientos pueden ser
suspendidos o modificados por una simple mayoría de votos del Comité
Ejecutivo.
PROCEDIMIENTOS DE LA ASOCIACIÓN MEXICANA DE
PESQUERÍAS
Funciones Específicas de los
Funcionarios
Además de las tareas mencionadas en los
Estatutos de la Sociedad, se determinan las
siguientes:
1.- Presidente
a)
Supervisa todos los aspectos de la operación de la Sociedad ,
especialmente la planeación de la reunión general por el Presidente
electo y el Comité de Programa.
b) Preside la reunión general de
la Sociedad.
i .Presenta a las autoridades visitantes
ii. Instala al nuevo Presidente en un
ceremonia especial
iii. Entrega una placa de reconocimiento al
Presidente saliente
c) Coordina el Comité Ejecutivo,
promueve sus juntas y busca su asesoría cuando lo
requiere.
d) Informa al Presidente Electo sobre las
actividades de la Sociedad para que pueda ejercer competentemente
las actividades de Presidente.
f) Se comunica regularmente con los
coordinadores de comités y se asegura de que cumplan sus
responsabilidades. Solicita informes parciales que pueden ser
utilizados por los editores de la página web y del boletín de la
Sociedad.
g) Prepara el informe de actividades de la
Sociedad para presentación en la reunión
general.
2.- Presidente Electo
a)
Asume las funciones del Presidente en caso de que este no
pueda terminar su periodo.
b)
Trabaja con el Presidente para lograr que las actividades de
la Sociedad se desarrollen con continuidad.
c)
Sirve como Coordinador del Comité de Programa para planificar
la reunión general de la Sociedad.
d)
Selecciona con un año de antelación las fechas y lugar de la
reunión general de la Sociedad.
e)
Elabora y distribuye con tiempo el material promocional de la
reunión.
f)
Envía, con tres meses de antelación invitaciones para la
reunión general de la Sociedad.
3.-
Secretario-Tesorero
a)
Prepara y distribuye las actas de todas las reuniones de la
Sociedad y del Comité Ejecutivo.
b)
Mantiene la lista de miembros del Capítulo.
c)
Confirma la existencia de quórum cuando es necesario y los
conteos en las votaciones.
d)
Mantiene el archivo de la Sociedad y lo entrega al
Secretario-Tesorero entrante.
e)
Recibe, guarda y utiliza fondos necesarios para las funciones
de la Sociedad según lo apruebe el Comité Ejecutivo.
f)
Mantiene el registro financiero y es responsable de la cuenta
bancaria de la Sociedad.
g)
Presenta informes financieros en la reunión general de la
Sociedad y cuando lo requiera el Comité Ejecutivo.
4.- Ex Presidente
inmediato
a)
Actúa como asesor de Comité Ejecutivo y de los otos
comités